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Beatriz de Gumán y Melilla

abril de 1673

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escudo de melilla

punto rojo Sea notorio como

guion Yo, doña Beatriz de Guzmán y Melilla, doncella y vecina que soy de esta ciudad de Málaga

guion Digo que

guion Yo tengo diferentes pretensiones ante Su Majestad y Señores de sus Reales Consejos que residen en la Villa de Madrid, por los muchos servicios que a los Señores Reyes Católicos hicieron

guion Andrés y García de Melilla, mi abuelo y bisabuelo

guion Y una de las dichas pretensiones es que Su Majestad y dichos Señores, por una vez, por vía de ayuda de costa, se me den dos mil ducados

guion Y porque la solicitud y cuidado de dichas mis pretensiones tengo encargado a don Carlos Alonso de Segura, residente en dicha Corte Oficial de la Secretaria del Consejo Supremo de Aragón a el cual por los gastos solícitos e inteligencia que en él tiene y ha de tener, le señalo los un mil ducados de ellos los cuales me obligo de dar y pagar al dicho don Carlos Alonso de Segura, en el mismo efecto que se señalare la paga de los dichos dos mil ducados de mi pretensión y a quien por el susodicho fuere parte luego que conste haberlos cobrado porque el tal día ha de ser visto estar cumplido el plazo para la paga de los dichos un mil ducados que he de hacer al dicho don Carlos Alonso de Segura juntos en una paga en la dicha villa de Madrid a mi  costa y misión  con las costas que sobre su cobranza se causaren porque quiero ser ejecutada y para lo mas bien cumplir doy por mi fiador a Alonso de Muñoz Gámez, vecino de esta ciudad que por el susodicho estando presente en esta escritura

guion Otorgo por la presente que me constituyo por fiador de la dicha doña Beatriz de Guzmán y Melilla

guion Y me obligo a que la susodicha dará y pagará  al dicho don Carlos Alonso de Segura los dichos un mil ducados, como en esta escritura va especificado donde no el otorgante

guion Como tal su fiador haciendo como presente caso hace de deuda ajena suya propia lo pagara con su persona y bienes que para ello obligo y la dicha doña Beatriz de Guzmán y Melilla, obligo mis bienes y rentistas habidos y por haber

guionY ambos los otorgantes  damos poder cumplido a las Justicias y Jueces de Su Majestad de cualesquiera partes que sean para que a ello nos apremien como por sentencia pasada en cosa juzgada renunciamos las leyes de nuestro favor y la general en testimonio de lo cual lo

guion Otorgamos y firmamos ante el presente escribano público y testigos en la ciudad de Málaga en 10 días del mes de abril de 1673 años,

guion Siendo testigos Diego de Sotomayor, Fernando Alonso y Antonio Fernández, vecinos de Málaga...

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